Ante las innumerables llamadas y correos electrónicos recibidos en la Asociación respecto al funcionamiento de las Notarías en estos días de alarma, nos vemos obligados a MANIFESTAR:
- Que tal como se recoge en la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 15 de marzo de 2020, y Circular 2/2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Notariado de 18 de marzo de 2020, las Notarías tienen que permanecer abiertas al constituir la actividad notarial “un servicio público esencial”.
- Que FEAPEN ha tenido noticias de que en algunas Notarías del país no se están llevando a cabo las directrices de las instituciones referidas en cuanto a reducir la intervención notarial a “aquellas actuaciones de carácter urgente”, exponiendo con ello a los empleados de Notarías a un riesgo innecesario al tener que tratar con muchas personas en los despachos.
- Recordamos a todos los profesionales de las Notarías que “la intervención notarial es excepcional en las actuales circunstancias por lo que la urgencia ha de interpretarse restrictivamente” y, como ya hemos afirmado en las anteriores notas de prensa y en el apunte de práctica notarial, los empleados de Notarías deben comunicarnos cualquier irregularidad, incidencia o quebrantamiento del espíritu de la norma con el fin de preservar la salud y evitar contagios del coronavirus.
- FEAPEN ha vuelto hoy a reiterar su preocupación a las máximas autoridades del Consejo General del Notariado y de FEDANE, con el propósito de que insten a los notarios al más fiel y exhaustivo cumplimiento de las disposiciones marcadas por la DGSJFP, tendentes a que estamos en un estado de alarma tras el RD 463, de 14 de marzo, que limita la deambulación de las personas, con las excepciones contenidas en el mismo, lo que contradice el comportamiento de algunos notarios que están saltándose los principios éticos de solidaridad y prevención de la salud.
- FEAPEN está al servicio del colectivo de empleados de Notarías para denunciar ante las autoridades competentes cualquier incumplimiento del RD 463/2002, que ponga en peligro innecesario a los trabajadores.
JUNTA DIRECTIVA