Es necesario aportar el título previo adquisitivo y la identidad de la finca entre la descripción literaria y la que resulta de Catastro, si bien la DG admite la utilización de la georreferenciación alternativa en la inmatriculación de una finca, cuando la georreferenciación catastral adolece de cualquier tipo de inconsistencia técnica que no debe obstaculizar el tráfico jurídico de la finca.
