SEGREGACIÓN POR ANTIGÜEDAD EN GALICIA

SEGREGACIÓN POR ANTIGÜEDAD EN GALICIA

De conformidad con el Reglamento de la Ley del suelo de Galicia, la DG reitera que se exige en todo caso un título administrativo habilitante que permita deducir el reconocimiento expreso por parte de la Administración o, en términos del art. 26 RDLeg. 7/30.10.2015, Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, acreditación documental de la conformidad, aprobación o autorización administrativa a que esté sujeta, en su caso, la división o segregación conforme a la legislación que le sea aplicable. Consultar